5. POR UN ALCALDE DE LA LOCALIDAD Y PARA LA LOCALIDAD
Una de las principales funciones de la JAL es la conformación de la terna para alcalde local, de la cual el Alcalde Mayor escoge uno. Tal decisión no debe estar supeditada a la improvisación ni a la politiquería que en los últimos años sumió a la localidad en un ambiente de instabilidad política y administrativa permanente. Las reglas que acoja la corporación edilicia deben respetarse desde el comienzo hasta el final. De allí que la JAL debe promover la escogencia de su alcalde local entre las personas más idóneas de la misma localidad. El edil tendrá muy en cuenta aquellos residentes identificados con la plataforma programática recogida en las reflexiones que aquí se plantean respecto de la Localidad.