11. CASAS COMUNITARIAS PARA LA GENTE
Las casas comunitarias son espacios públicos que constituyen brazos de la Alcaldía Local y por lo tanto, además del servicio de suministro alimentario, deben constituirse en asiento de actividades lúdicas, recreativas y culturales para la comunidad residencial y las organizaciones existentes en cada uno de los barrios donde éstas existen, caso JAC y ONGs.